por bagre » 31 Oct 2011, 23:01
estimado lariño
pido disculpas pues he leido la información en un telefono y no vi el pie de la misma, repito la lei rapido y mal, pensando que solo habia hecho alusión al tema de los fardos que pense se trataba de una brabuconada digna de buzos de otros tiempos, por eso hago alusión al costo de abogados...
respecto de piper alfa, habia mucho antes normas de seguridad en el buceo de saturación y el relacionado al buceo comercial en el mar del norte, las aplicaban los comex en argentina y todas las compañias "serias" que operaban en el sector, prefiero no hablar de las argentinas de aquellos años tristes primas de las de este lado del charco que habitualmente nos superan en capacidad de asombro con las terribles noticias que recibimos.
un enlace para ver el tema en profundidad: http://es.wikipedia.org/wiki/Piper_Alpha
precisamente en piper alfa se reordenaron una cantidad de normas de seguridad generales para personal embarcado y la operatoria de los sistemas de manejo de gases y liquidos de la explotación propiamente dicha.
los buzos sobrevivieron en mayor medida al no acatar las ordenes de no abandonar la plataforma, ya que viendo los acontecimientos instarón al resto a hacer lo propio y buscar refugio en el mar, para poder ser rescatados por los buques de apoyo que rodeaban a prudente distancia el incendio.
reitero mis disculpas por la falta de cuidado en la lectura, jamas faltaria a compañero alguno que defienda nuestros derechos y obligaciones.
congratulaciones por el trabajo de instalsub!
saludos
bagre