Hola a todo el foro.
Hace unos dias que he recibido el 1 borrador de convenio colectivo nacional de empresas del buceo profesiona, que segun pone, esta en vigor desde el 1 de enero del 2008.
Despues de leerlo me han surgido algunas dudas .
1ª-¿Como es posible que un buzo cobre menos que hace 20 años segun la tabla salarial ?
2ª-Segun el articulo 9 clasificacion profesional) ¿Se entiende que por ejemplo un buceador experto o trabajador hiperbarico experto, no puede tocar un cabo , estacha, etc. por que para eso esta el marinero, o una botella de aire por que para eso esta el buceador ayudante?
3ª¿ Si el buzo experto tubiera que estar pendiente de hacer una maniobra de fondeo de la embarcacion y montarse su equipo para hacer su inmersion, se le pagaria por ser buzo experto , marinero, y ayudante de buzo puesto que se tiene que montar su equipo?
4ª-¿Quien va ha estar encima de las empresas para que se cumlan esos requisitos?
5ª-¿ Se va ha seguir cotizando por el regimen que mejor le venga al empresario , o de una vez por todas se cotizara por el regimen del mar?
ESTAS SON ALGUNAS DE LAS DUDAS QUE TENGO SI ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR SE LO AGRADECERIA
UN SALUDO