por Invitado » 11 Feb 2007, 15:38
alberto 15/04/2003 22:32
16/06/2001 02:56 - LIBRO SUGERENCIAS AL LEGISLADOR
En el foro he dejado un tema abierto que es la recopilación de legislación y normativa, pero vamos a otro tema: el buceador deportivo recreativo es el principio de esta exposición, como usuario responsable de un entorno y de su responsabilidad como usuario no podemos dudar que es preciso establecer unas normas mínimas. Respecto a su seguridad y su responsabilidad no está tan claro en tanto no afecte a terceros, cualquiera puede ponerse a escalar el naranjo de bulnes (que yo sepa la pareja no ha aperecido en mitad de la pared a pedirle nada a nadie, ni ver si sube con pies de gato o crampones) y nadie le dira nada salvo si perjudica un entorno natural protegido, como por ejemplo el uso de magnesio en los dedos y su efecto devastador en la roca cuando son miles los que usan la misma técnica, uno es libre de ir a la ferreteria comprarse un cuchillo y meterselo en el pecho sin necesidad de licencia o título, a Juanito Oiarzabal nadie le dice que subir el Evrest sin oxigeno es una temeridad a su edad y sale en la televisión. Respecto a su relación con terceros como embarcaciones, señales, otros buceadores, bañistas o yo que sé, etc, tampoco pongo en duda que debe existir una norma de comportamiento, pero si creo que no existe un control riguroso (no quiero decir extricto sino eficaz) de los clubs, escuelas y centros de alquiler o venta de servicios que en un momento dado pueden poner en peligro la vida de usuarios o clientes que sin conocimiento ponen su integridad, física y personal, en la confianza y desconocimiento que tienen, y otorgan a dicho club, centro etc...o son expuestos a situaciones que no tienen porque padecer, por ejemplo estar buceando en una zona restringida como una reserva integral, porque el patron te lleva ahí y tu ni te enteras, bucear sin tablas ni ordenador, el famoso plan de emergencia, que es fin de temporada y despues de 300 inmersiones el profundimetro que te alquilaron no funciona y no pasa nada, lo más interesante y que pocas veces se determina que son las preceptivas indicaciones del divemaster acerca del lugar y el plan previo, qiuenes son pareja, qué señales se van a usar que técnicas se van a usar, que vamos a ver , que no hay que tocar... vamos, el libro que nunca se pone en práctica.
Concluyendo:
1º) La legislación extricta del buceo profesional me parece correcta cuando lo que pretende es defender los derechos e integridad de un trabajador, el entorno natural y el interes general, pero creo que no es aplicable, por el mismo rasero, al buceo deportivo recreativo, porque los fines que persigue son radicalmente distintos a pesar de realizarse en el mismo entorno y con técnicas parecidas en algunos pocos casos.
2º) Es la condición de usuario de unos servicios, la que provoca mayor vulnerabilidad del buceador, cuando desconoce sus derechos, obligaciones y mecanismos de defensa.
3º) Que es la actividad económica derivada del buceo recreativo deportivo, la que, por el principio de busqueda de beneficios, es más propicia a ser sospechosa de incurrir en faltas o defectos y la que por tanto más hay que regular.
4º)Las titulaciones reconocidas por el estado se preocupan, y creo que auténticamente, de enseñar correctamente los principios del buceo y es a ellas, a los buceadores y asociaciones a quien tiene que consultar la administración para la elaboración de un reglamento eficaz del buceo deportivo recreativo y no a especialistas de la Armada.
Resumiendo, creo que no se pone la atención donde se debe, dado que en el buceo deportivo recreativo lo menos considerado es las consecuencias de un campo económico cada vez más importante y no el pobre buceador.
Yo solo soy un pisa charcos que se entretiene viendo una vaca suiza a -10 metros, se que no la debo tocar, se que las tortugas se estresan si te agarras a ellas para que te arrastren, y no creo necesitar ser superman para mi actividad, conozco mis límites, ni poseer un equipo o condiciones excesivamente regulados.
Salud.