Guti 22/12/2002 23:45 mascabrevas_@hotmail.com
Tramitación de titulaciones en Andalucía
Hola, soy un buzo sureño:
En la actualidad poseo la titulación de buceador de media profundidad, o lo que es lo mismo el 2ª antiguo.
Realicé en el 92 los cursos de especialista en instalaciones y sistemas y 1ª clase profesional, que no tramité en su día por dejadez y cuando me enteré de la "primera" derogación me sentí todo un gilip...
Durante el claro legal he trabajado en varias empresas como 1ª y hasta el dia de hoy ejerzo como tal.
En el boletin Oficial de la Junta de Andalucía con fecha 6 de Agosto de 2002,se publicó la Orden por la que se regulan los procedimientos y condiciones para la obtención de las titulaciones que habilitan para el ejercicio del buceo profesional (¡¡¡Ahí queda eso!!!).
Como buen parroquiano subacuático, me dirigí a convalidar mis titulaciones a la consejería de agricultura y pesca. Me informaron de la documentación que debía aportar para renovar la titulación de 2ª y me dijeron que para tramitar la especialidad(que por cierto ya no se contemplan especialidades en la nueva ley) y el 1ª debía hacer una petición por escrito al delegado provincial para que estudiase mi caso. No muy convencido hice el escrito,compulsé las fotocopias de mis certificados de examen del ministerio de agricultura, pesca y alimentación y verificados por el instituto Politecnico de F.P. maritimo pesquero del Estrecho y los entregué en el registro. A mi entender, creo que los certificados son lo suficientemente legales.
Transcurrido un mes y medio recibí la ansiada respuesta a mis "súplicas y ruegos", distando mucho de ser lo que yo esperaba; y fué esta:
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Asunto: Tiulación Buceo Profesional
En relación con su escrito solicitando el reconocimiento de las titulaciones de Buceador Profesional de 1ª clase y especialista en istalaciones y sistemas de buceo, he de comunicarle que mediante la orden de 22 de Diciembre de 1995 (BOE nº 11, de 12 enero de 1996) se derogaron dichas titulaciones.
El certificado de examen no constituye por si solo titulación alguna, pues necesitaba realizar una serie de horas prácticas y solicitarlo a la secretaria general de agricultura, pesca y alimentación. La junta de Andalucía no tenía competencia sobre dichas titulaciones y era simplemente una intermediaria en su tramitación.
La orden de 18 de Julio de 2002 de la consejería de agricultura y pesca (BOJA nº 92, de 6 de agosto ) por la que se regula.... bla, bla, bla, ..., en su artículo 16, contempla la convalidación de titulaciones, pero en ningun caso de certificados de examen que es la documentación que Vd. aporta.
EL JEFE DE LA SECCIÓN DE
FORMACIÓN NÁUTICO PESQUERA
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Durante el claro legal, las escuelas profesionales de andalucía sigueron inpartiendo cursos, algunos de ellos de F.P.O. subvencionados por la Junta de Andalucía, otros por cuenta y riesgo de dichas escuelas y se expidieron un sin fin de certificados de examen sin ser legal ni uno solo de ellos.
La Orden citada en su famoso artículo 16 apartado 3, nos dice:
Los buceadores con titulaciones obtenidas con aterioridad a la entrada en vigor de la nueva regulación podran acceder a las nuevas mediante los mecanismos previstos en la LOGSE o mediantela superación de las pruebas específicas que se establezcan.
Lo que nos viene a decir en pocas palabras:
* ¡Hemos metido la gamba!:
Cuando aun no teníamos traspasadas las competencias en materia de buceo profesional, cometimos malversación de capital público al subvencionar cursos de formación profesional ocupacional (que no sirven para trabajar) en escuelas de buceo que no estan homologadas por ningun organismo oficial , puesto que no había ley. Estas a su vez han aprobechado la coyuntura y han seguido haciendo su agosto con inocentes "pececillos" que se han tragado el anzuelo hasta el fondo, costadondole el curso un riñón. Pero no podía mos hacer nada en contra de eso porque fuimos nosotros los que le dimos pie para hacerlo.
¡¡¡Pero ahora vamos a corregirlo!!!
Como primer paso, vamos a derogar las Órdenes por las que se autorizaba a las escuelas a impartir cursos. Ya estaban derogadas pero nosotros las "rederogamos" por lo que se nos pueda venir encima.
Después, como hay cabreo generalizado tanto en los alumnos de los cursos de F.P.O. como en los propios de las escuelas, ya que no sirven ni los unos ni los otros... hemos decidido formar un tribunal de examen y examinarlos a todos ellos, (a los más de 200 "Buzines") para que así no se levante la liebre.
Meditando sobre todo esto me pregunto:
- ¿En el mismo Artículo que me citó en su atenta carta ese gentil funcionario, no hay un apartado para tramitar las titulaciones de esos cursos?
- En el periodo que se hicieron esos cursos no se expedian titulaciones, la ley de tramitación estaba derogada ¿ Lo que dieron en su lugar no fueron certificados de examen?.
- ¿Qué es lo que va a tramitar la Junta de Andalucía sino unos CERTIFICADOS DE EXAMEN que no tienen validez alguna?
- ¿Mis certificados de examen al ser expedidos por el MINISTERIO de Agricultura y pesca..., verificados por el instituto Politécnico de FP... y con fechas anteriores a cualquier derogación, tienen validez nula frente a estos otros?
- ¿Debemos consentir que personas ineptas manejen nuestro futuro? por que como comprendereis si se acata la ley no puedo realizar trabajos profundos ni ser jefe de equipo,(funciones que he realizado bastantes veces).
Después de mucho pensar creo haber encontrado la solución; o Tramito mis certificados de examen en la Junta de Melilla, donde tengo mano, y despues lo convalido en la junta de andalucía, o le suelto 300 euros al funcionario de turno encargado de hacer las libretas de buceo y que me ponga un "sello" más.
¡¡¡CREO QUE YA TIENE UNO SUFICIENTE VERDÍN EN EL CULO, COMO PARA QUE LO ANDEN TOREANDO UNA MANADA DE MANGANTES!!!
Si alguien me puede dar una verdadera solución para mi problema, le agradeceria infinitamente la información. No podeis imaginaros el grado de impotencia y desamparo legal que siento. Solo pensar la cantidad de sacrificios que me costó sacar esos títulos....