Cambios de la normativa, articulo 13

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Cambios de la normativa, articulo 13

Notapor Miguel » 19 Ene 2007, 19:54

Miguel 10/12/2006 04:53
Cambios de la normativa, articulo 13

Otra cosa que, segun yo lo veo, habria que ampliar/modificar en la normativa es el articulo 13: Normas complementarias de seguridad laboral.

Incluiria los siguientes apartados:

Trabajo con gruas
Espacios confinados
Zonas de presion diferencial/succion
Trabajos en zona de corriente
Trabajos en instalaciones en alta mar.

Cambiaria y/o ampliaria los apartados actuales:

Corte soldadura
Aguas contaminadas
Demoliciones.

Suprimiria el de trabajos en obra viva ya que estaria incluido en el de zonas de presion diferencial y succion.

Para cada apartado definiria:

Procedimientos operativos minimos
Procedimientos de emergencia (planes de contingencia y evacuacion minimos)
Cantidad minima de personal.
Titulaciones requeridas minimas.


Como siempre, espero vuestras opiniones

Miguel
Miguel
 

Notapor marrajo » 19 Ene 2007, 19:55

marrajo 10/12/2006 16:51
Re: Cambios de la normativa, articulo 13

Suprimiria el de trabajos en obra viva ya que estaria incluido en el de zonas de presion diferencial y succion.

Wenas Miguel, esto no lo pillo, las recomendaciones para trabajar en una zona con riesgo de succion por presion diferencial no pueden sustituir a todas las de trabajo en obra viva, ¿no?, lo digo porque creo que en una estructura flotante en principio solo hay unos puntos concretos de riesgo de succion pero hay infinidad de trabajos en otras zonas, con sus riesgos y sus procedimientos concretos que no quedarian contemplados. Yo en realidad incluiria (si es que no lo esta), un apartado dentro de trabajos en obra viva dedicado a las zonas de succion.
Un saludo.
marrajo
 

Notapor Miguel » 19 Ene 2007, 19:55

Miguel 10/12/2006 20:43
dime que otros riesgos os no estan observados en las otras

Marrajo:

Primero,mi experiencia en trabajos en obra viva es mas bien escasa pero aun asi me parece que todos las precauciones que hay que tomar en un trabajo en obra viva estaria incluido en:

Trabajos en zonas de succion
Trabajos en espacios confinados
Trabajos de corte y soldadura (si aplicable).

Aun asi ya te digo que mi experiencia es escasa en el tema asi que estaria bien que me dijeras que se me escapa, pa eso posteo estas cosas aqui coñe. Tu idea de hacer una seccion en trabajos en zonas de succion por la particularidad de los trabajos en obra viva de un barco me parece una buena idea.

Un saludo

Pixin
Miguel
 

Notapor yo que lo se » 19 Ene 2007, 19:55

yo que lo se 10/12/2006 21:30
Re: dime que otros riesgos os no estan observados en las otras

En este tema del trabajo en obra viva se dan todas esas circustancias que mencionas, por lo que lo razonable seria preparar un protocolo particular para estos trabajos, por otro lado las circustancias son muy variables en estos trabajos pues no es lo mismo bucear bajo un granelero de 300 metros de eslora por 40 de manga y 14 de calado, que hacerlo bajo un pesquero o un mercante pequeño
yo que lo se
 

Notapor marrajo » 19 Ene 2007, 19:56

marrajo 10/12/2006 22:24
Re: A ver como sale

Como bien dice "yo que lo se", el simple hecho de bucear debajo de una estructura flotante con mas de 8000 metros cuadrados de superficie independientemente de la profundidad a la que estes y del trabajo a realizar requiere unas pautas para conseguir eficacia en el trabajo y seguridad de los operarios que aun siendo seguramente muy similares a las de espacios confinados deberian de ser especificas para este tipo de buceo, sobre todo en el tema de planificacion de los trabajos y orientacion de los buceadores..

Como actividades que no estarian contempladas en esos tres apartados y que requeririan procedimientos propios:

Trabajos en partes moviles como helices, thrusters retractiles, flaps, transductores de sonar retractiles, etc

Trabajos de limpieza de obra viva con medios mecanicos, tanto cepillos de limpieza y pulido como "motos" de limpieza o limpieza con pistolas de agua a 4000 kgrs/cm2 de presion.

Instalacion de "cofferdams" para reparaciones en seco a flote teniendo en cuenta que la seguridad del buque y de sus ocupantes esta en manos del jefe de equipo de buceo y sus operarios cuando por ejemplo se usan para cambiar una chapa de doble fondo de 2 x 2 m en la zona de la sala de maquinas.

Y sobre todo, y esto ya deberia de tener un apartado extenso y especifico, el salvamento, reflote y asistencia a buques y artefactos flotantes en apuros, inspeccionar el casco de un buque varado encima de un peton o con riesgo de hundimiento o explosion mientras un remolcador-es le mantiene en posicion requiere otros procedimientos que el hacerlo amarrado a un muelle y en condiciones normales.

Seguro que me dejo algo pero por ahora es todo lo que se me ocurre.
marrajo
 

Notapor Miguel » 19 Ene 2007, 19:56

Miguel 10/12/2006 23:21
Re: A ver como sale

Tienes razon en cuanto a lo de espacios confinados. Para mi un espacio confinado es una zona en la que no se puede llegar a la superficie ascendiendo en vertical, este la superficie a 5 o 40 mts. y tiene sus propios procedimientos especificos, que se añadirian al corte, buceo en aguas contaminadas y/o trabajos en zona de succion.

Bien, tanto para trabajos en instalaciones como centrales hidroelectricas y presas con zonas de succion o barcos con zonas moviles y de succion hay un procedimiento especifico que supongo que conoceras y que yo no he visto aplicar en España de la manera apropiada. En gringo se dice Tag Out/Lock Out algo asi como "Etiquetado y Cierre" y que consiste en que el jefe de equipo, previo estudio de los planos de las instalaciones junto con el responsable de estas, bloquee o impida la activacion de todos los dispositivos que puedan crear succion o hacer daño al buzo con candados y que etiquete con su nombre, proposito y fecha dicho bloqueo. Esto impide que nadie bajo ningun concepto active dichas maquinaria sin permiso del jefe de equipo.

Por supuesto que esto no elimina todos los riesgos de succion en instalaciones como presas ya que aguas arriba siempre se pueden encontrar grietas que no han sido identificadas con una succion brutal y para esto hay procedimientos especificos como el "sand-bagging". Por eso que encuentro que cada parte, "trabajo en obra viva" y "trabajo en instalaciones de control de aguas" o como coño querais llamarlo tenga su parte en dicho apartado.

Los trabajos con herramientas especificas para la limpieza de cascos tienen sus manuales y recomendaciones del fabricante para su uso seguro. Supongo que cada modelo tendra sus particularidades que no creo que se pudieran seguir al detalle. Asi que con indicar que se siga su uso adecuado seria suficiente. Supongo.

La instalacion de cofferdams no es algo exclusivo de los buques ya que tambien se lleva a cabo en tuberias y/o otras instalaciones petroliferas. Supongo que iria cubierto con el TagOut/LockOut y el apartado de corte y soldadura.

En cuanto a salvamento... joder ahi me has pillao. Seria una locura hacer una apartado especifico porque cada salvamento es distinto. Ya el propio manual de salvamento de la US Navy dice que lo que es seguro y lo que no queda superitado al criterio del Salvage Master por la cantidad de factores distintos a tomar en cuenta. Supongo que ademas se extiende mas alla de lo que es el buceo en un salvamento asi que otras normativas estan afectadas por esta parte que sugieres que forme parte de la normativa.

Tengo que agradeceros a "yo que lo se" y a ti marrajo vuestras respuestas. Me alegra saber que alguien se toma el interes debido por estos temas.

Espero que esto siga para algo...

Un saludo

Pixin
Miguel
 


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