La Asociación de Buzos Profesionales, ha solicitado la modificación de la reglamentación vigente en la OM 42/74 mediante nota de fecha 13/12/04, que fue contestada por el mismo medio con fecha 03/03/05, donde se nos comunicó que se encuentran abocados al estudio y revisión de dicho reglamento. Para conocimiento adjuntamos documentación.
Esta asociación, después de varias reuniones con la Autoridad Marítima, buscando acuerdos para una mejor regulación de nuestra actividad y además de reiterados reclamos por escrito a la misma, hoy tenemos la oportunidad de informar a los Buzos Profesionales de la Argentina que la Prefectura Naval Argentina ha publicado en www.prefecturanaval.gov.ar/ (ordenanzas, régimen del personal de la marina mercante), la nueva Reglamentación del Buceo Profesional en la Ordenanza Marítima N° 04/08, que estará en vigencia a partir de los 60 días de la fecha de su emisión.
Nuestra entidad se encuentra abocada al estudio de esta nueva reglamentación y una vez concluido, si surgen inquietudes de consideración hará el reclamo que corresponda a dicha autoridad.
FUENTE : www.abp.org.ar
Saludos