LILI 20/05/2006 20:02 LILI 20/05/2006 20:02
DEFENSOR DEL PUEBLO
Excmo. Sr.:
Que habiendo realizado un curso de Formación Profesional para el ejercicio de Buceo profesional, y habiendo obtenido las credenciales y autorización para el ejercicio de la profesión de buceador profesional, tras haber superado, también, las pruebas médicas correspondientes, he obtenido la libreta de buceador profesional que me habilita para desarrollar, profesionalmente, mi actividad laboral de buceador profesional.
Que por razones difíciles de aprehender, se me ha informado que para poder desarrollar la misma actividad profesional en Comunidad Autónoma distinta, he de solicitar la convalidación de mi formación en ésta (con la readaptación a los contenidos que haya previsto esa Comunidad -¿esto es así, no exigen todas los mismos requisitos del certificado de profesionalidad?-?); pasar, nuevamente, un examen médico (en el que se incluye revisión por rayos X) conforme a lo regulado y por los organismos sanitarios que haya previsto esa Comunidad Autónoma; y pagar, nuevamente, también, las tasas para la expedición de la libreta de buceador profesional de esa Comunidad Autónoma.
Que como quiera que la movilidad laboral ha de considerarse, con carácter general, una característica propia del actual mercado de trabajo, y en mi profesión, algo inevitable, sin formular un hipotético planteamiento elevado al absurdo, para poder desarrollar mi trabajo en el territorio nacional, se me exige convalidar diecinueve veces mi formación y capacitación profesional (con la superación, en su caso, de distintas materias o contenidos según hayan tenido a bien regular cada Comunidad o Ciudad Autónoma), pasar diecinueve exámenes médicos (incluidas las exploraciones por rayos X) ante otros tantos organismos sanitarios, y pagar, por el mismo número de veces, las tasas para la expedición de las tantas libretas de buceo profesional que se me exigen.
Y esta situación, se repetiría cada año que es el tiempo de vigencia de la certificación médica que se exige al buceador profesional; y cada cinco años, salvo modificación legal próxima, para el pago, nuevamente, de las tasas para la renovación de la libreta de buceo profesional en cada Comunidad Autónoma.
Esta situación no parece que case bien con los derechos fundamentales previstos en los artículos 9.2, 14, 35, 40.1 de la Constitución referidos a la igualdad, los derechos laborales y la obligación de los poderes públicos de promover la libertad e igualdad de todos los españoles. También casa mal la situación descrita con el derecho recogido en el art. 139 del mismo texto legal referido al derecho de libre circulación y establecimiento de personas en todo el territorio nacional. Así como los derechos laborales recogidos en el Estatuto de los Trabajadores en sus artículos 22, 39, 40 y 41, antes bien, la situación actual de los buceadores profesionales conculcan todos estos derechos, y van, además, en contra de disposiciones de la Unión Europea, como la desarrollada en la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (DOUE n. 255 de 30/9/2005), así como la normativa interna nacional referida a la validez en todo el territorio nacional de la cualificación profesional adquirida en cualquier Comunidad Autónoma.
Otro problema con el que nos encontramos los buceadores profesionales es el relativo a que no se nos permite trabajar con la solicitud de la libreta de buceo profesional, ya que cualquier Comunidad Autónoma exige que se esté en posesión de la libreta, no de la solicitud de la misma. A nivel de títulos universitarios, se recoge en la Orden de 8 de julio de 1988, para la aplicación de los RRDD 185/1985, de 23 de enero, y 1.496/1987, de 6 de noviembre, en su Disposición Adicional la validez de la certificación del pago de los derechos de expedición de los títulos, que surtirán, provisionalmente, los mismos efectos que la posesión de los mismos.
Por tanto, vengo a denunciar mi situación laboral ante la dispersión legislativa autonómica que me impide un desarrollo de mis derechos laborales, con la intención de que desde esta institución se busque una solución inmediata al problema planteado, puesto que el derecho al trabajo y la igualdad de trato de todos los trabajadores sólo puede hacerse efectiva con la posibilidad de que los buceadores podamos desarrollar nuestra actividad en todo el territorio nacional sin estar sujetos a distintos criterios de índole político-administrativa territorial, de los que no entiende el mercado laboral.
En la ciudad de ________________ a _____ de ___________ de 2006.
Fdo. ___________________________
Colocar domicilio.
ESTA CARTA SE ESTA MANDANDO AL DEFENSOR DEL PUEBLO. SI QUEREIS MANDARLA PONEROS EN CONTACTO CON: AZAHAR28@HOTMAIL.COM Y OS LA MANDARE CON MUCHO GUSTO.