JOSÉ GALLARDO 24/05/2004 10:11
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Re: BUCEO EN RESERVAS
HOLA:
QUE CONSTE QUE YO NO HE HECHO LA LEY, NI SOY EL MINISTERIO DE FOMENTO:
EN EL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO DEL AÑO 69, (CREO QUE ES ESE), SE EXPRESA DE FORMA CLARA LAS CONDICIONES PARA BUCEAR DEPORTIVAMENTE, Y NO HA SALIDO BOE ALGUNO QUE DIGA LO CONTRARIO, O SEA, PARA BUCEAR EN EL TERRITORIO NACIONAL ES NECESARIO DISPONER DEL 2ª DEPORTIVO, 1ª DEPORTIVO, MONITOR O INSTRUCTOR DEPORTIVO, SEGURO, Y REVISIÓN MÉDICA AL DIA.
NO OS EXALTEIS, SIGO.
EN CATALUÑA ESO SE HA RESUELTO MEDIANTE CONVALIDACIONES QUE TIENE PERFECTAMENTE REGULADAS EL DEPARTAMENTO DE RAMADERÍA I PESCA, POR EJEMPLO, YO SOY INSTRUCTOR FEDAS TRES ESTRELLAS, COMPLETMENTE ILEGAL PARA BUCEAR, PERO EN RAMADERÍA Y PESCA DE LA GENENERALITAT, (93 304 67 00), ME HAN CONVALIDADO ESA TITULACIÓN POR LA DE INSTRUCTOR NACIONAL DEPORTIVO, ME HAN DADO UNA LIBRETA DE BUCEO, (DONDE DEBE FIRMAR EL MÉDICO CADA DOS AÑOS), TÍTULO CON EL QUE FELIZMENTE PUEDO BUCEAR EN TODAS AGUAS DONDE ESPAÑA EJERZA SOBERANÍA SOBRE ELLAS.
CON RESPECTO AL SEGURO, CUBRE EL DE LA ORGANIZACIÓN A QUE PERTENEZCAS.
NADIE SE HA MOLESTADO EN DIRIGIRSE AL MINISTERIO PARA CAMBIAR ESO.
UN SALUDO